Tabla de Vacaciones LFT 2026: Cuántos Días Te Corresponden

A partir del 1 de enero de 2023, la reforma al Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) duplicó el mínimo de días de vacaciones en México. Si cumpliste un año de trabajo antes o después de esa fecha, los días que te corresponden son los de la nueva tabla. Aquí te explicamos la tabla completa, cómo calcular tus días proporcionales y qué hacer si el patrón no cumple.

Tabla de vacaciones 2026 (post-reforma)

Años de antigüedad Días mínimos de vacaciones Días antes de la reforma (referencia)
1 año12 días6 días
2 años14 días8 días
3 años16 días10 días
4 años18 días12 días
5 a 9 años20 días14 días
10 a 14 años22 días16 días
15 a 19 años24 días18 días
20 a 24 años26 días20 días
25 a 29 años28 días22 días
30 años o más30 días24 días

Estos son los mínimos legales. Tu empresa puede otorgar más días por contrato colectivo o política interna, y eso es perfectamente válido. Lo que no puede hacer es dar menos.

¿Qué cambió con la reforma de 2023?

Antes de la reforma (vigente hasta el 31 de diciembre de 2022), el primer año de trabajo daba derecho a solo 6 días de vacaciones, y se añadían 2 días más por año hasta el cuarto año. A partir del quinto año, el incremento era de 2 días por cada 5 años adicionales.

Con la reforma del Decreto publicado en el DOF el 27 de diciembre de 2022, México se alineó más con los estándares internacionales: el primer año ya garantiza 12 días. El patrón no puede seguir aplicando la tabla anterior. Si tu empresa te sigue dando 6 días al primer año, está violando la ley.

¿Cómo calcular vacaciones proporcionales?

Si no has cumplido un año completo o estás en medio de un año, los días se calculan de forma proporcional:

Fórmula: (Días trabajados en el periodo ÷ 365) × Días que corresponden por año

Ejemplo: llevas 8 meses (240 días) en tu segundo año de trabajo (te corresponden 14 días al completarlo):

Este cálculo aplica al momento de tu finiquito si dejas la empresa antes de completar el año. Calcula tus vacaciones proporcionales: Calculadora de Finiquito →

La prima vacacional: el extra que también te corresponde

Además de los días de vacaciones, el Artículo 80 de la LFT establece que los trabajadores deben recibir una prima vacacional mínima del 25% sobre el salario de los días de vacaciones. Se paga al mismo tiempo que las vacaciones, no después.

Ejemplo con 12 días de vacaciones y salario de $350 por día:

Calcula tu prima vacacional: Calculadora de Prima Vacacional →

¿Pueden los fines de semana contar como días de vacaciones?

La ley habla de "días laborables" para las vacaciones, lo que excluye domingos y días de descanso semanal. Sin embargo, si tu empresa trabaja de lunes a viernes, los días de vacaciones serán días hábiles. Algunos contratos colectivos especifican exactamente cómo se cuentan. Si hay ambigüedad, la interpretación que favorezca al trabajador es la que aplica (Art. 18 LFT).

¿Qué hacer si el patrón no te da vacaciones?

El trabajador tiene derecho a tomar sus vacaciones en el año siguiente al cumplimiento de cada año de servicio (Art. 81 LFT). El patrón no puede:

Si el patrón no cumple, puedes acudir a PROFEDET (800 717 2942) o al Centro de Conciliación Laboral de tu estado para exigir tu derecho.

Preguntas frecuentes sobre vacaciones

¿Mi empresa puede dar menos de los días marcados en la tabla?

No. Los días de la tabla son el mínimo legal e irrenunciable. Ningún contrato individual puede reducirlos. Si tu empresa te ofrece menos, esa cláusula del contrato es nula de pleno derecho y puedes exigir los días correctos. Tu empresa puede dar más días, pero nunca menos.

¿Las vacaciones se acumulan si no las tomo?

Formalmente, la ley dice que deben tomarse en el año siguiente al que se generaron. En la práctica, muchos trabajadores acumulan vacaciones por acuerdo con el patrón. Si dejas la empresa con vacaciones sin tomar, el patrón debe pagártelas en el finiquito como "vacaciones no gozadas". Eso no puede negarse.

Si tengo 5 años y 3 meses, ¿cuántos días me tocan?

Al completar tu quinto año tienes derecho a 20 días de vacaciones completos. Los 3 meses adicionales son proporcionales para el siguiente periodo: (90 ÷ 365) × 20 = 4.9 días adicionales que se incluyen en tu finiquito si sales antes de cumplir el sexto año. También tendrás 20 días el próximo año, no 22, porque los 22 días aplican a partir de los 10 años.

¿Cuánto tiempo antes debo avisar que quiero vacaciones?

La ley no establece un plazo específico de aviso para el trabajador, pero sí dice que el patrón debe señalar la fecha de disfrute dentro de los 6 meses siguientes al cumpleaños laboral. En la práctica, la mayoría de empresas piden entre 2 semanas y 1 mes de anticipación. Revisa tu contrato o reglamento interno.

¿Las incapacidades cuentan para el cómputo de antigüedad?

Sí. Las incapacidades por riesgo de trabajo y enfermedad general (expedidas por el IMSS) cuentan como tiempo trabajado para efectos de antigüedad y vacaciones. Las faltas injustificadas no cuentan para la antigüedad, pero eso no afecta los días de vacaciones ya generados en años anteriores.

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